Mantenimiento
Arbustos, Masas Arbustivas, Setos, Flor de temporada y Mobiliario.
La siega de césped y praderas se realizará con la frecuencia necesaria para que la hierba no alcance una altura tal, que estética o fisiológicamente suponga un perjuicio para el césped. Altura no superior a 10 cm ni inferior a 2/3 cm.
En caso necesario de recuperación de estas zonas, se efectuará procurando que la época no coincida con la de máximas temperaturas, incorporando al terreno abono mineral, y abono orgánico.
Se efectuarán las podas en la época adecuada para la mejor formación y vegetación de las plantas. Las plantas herbáceas podrán ser tratadas con producto fitosanitarios para su eliminación y control.